EN PRINCIPIO ¿Qué establece la Ley Nacional Nº 24374?
La implementación de la Ley Nº 24.374 permite obtener un Acta de Posesión, mediante la cual los vecinos pueden escriturar su vivienda. Comprobando la ocupación pública, pacífica y continua con anterioridad al 1 de enero de 2006.
La inscripción se hace en el Registro de la Propiedad e Inmueble de la Provincia de Buenos Aires a nombre de los beneficiarios, quienes finalmente consolidan el dominio al termino de los 10 años de dicha inscripción, para lo cual deberán dirigirse a los Registros Notariales.
REQUISITOS PARA ACOGERSE A LA FAMOSA LEY 24374-LEY PIERRI
Decretos Provinciales 2.815/96 y 3.152/96
- Ser ocupante de VIVIENDA ÚNICA.
- La ocupación debe ser PACIFICA (sin violencia sobre el lote o las personas).
- La ocupación debe ser PUBLICA (a la vista de todo el mundo).
- La ocupación debe ser CONTINUA (es decir no debe haber interrupción).
- La ocupación necesariamente debe ser ANTERIOR al 1 de enero de 2006.
- SIN JUICIO alguno iniciado en su contra.
- Tener una CAUSA LICITA para su ocupación.
Las familias que, con estos requisitos, estén habitando su vivienda del 31 de diciembre de 2005 hacia atrás podrán iniciar el trámite de regularización dominial.








